- 26 febrero, 2020
- Posted by: Comfacor
- Categoría: Noticias

Bogotá D.C., febrero 25 de 2020
En mi calidad de Agente Especial de Intervención (AEI) designado para la Caja de Compensación Familiar de Córdoba – Comfacor según Resolución SSF – N°. 0058 del 30 de enero de 2019, a continuación me permito hacer públicas las siguientes consideraciones frente a la información que ha venido difundiéndose en diversos medios de comunicación de la ciudad de Montería, tales como el Canal Nortevisión, el periódico Regional El Meridiano de Córdoba y el medio La ventana de Córdoba, frente al proceso de intervención de Comfacor. Ello en lo que respecta a la actuación de ésta agencia en el ámbito de sus atribuciones, y sin perjuicio de la respuesta que emita la Dirección Administrativa de la Caja.
De manera que, obrando en virtud de mi derecho fundamental a la rectificación1 consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política, le solicito a dichos medios de comunicación, el restablecimiento de la veracidad, objetividad, confrontación de fuentes e imparcialidad en la información en condiciones de equidad, y en efecto, la protección de la honra y el buen nombre en mi condición de afectado, por las informaciones tendenciosas y distorsionadas que han sido presentadas a la comunidad de Córdoba.
[1] Cfr. Corte Constitucional. Sentencias: T-634/01, T-1198/04, T-218/09, T-040 de 2013, T-914/14, T-934/14, T-200 de 2018, T-121/18
A continuación, describo los puntos que luego desarrollo a profundidad atinentes a la información falsa, calumniosa y carente de objetividad y contraste con las fuentes, dado que como lo expreso: i) es falso que haya presentado renuncia al cargo de asesor de la Supersubsidio o que haya sido relevado de mi designación como Agente Especial de Intervención de Comfacor; ii) las imputaciones hechas al suscrito sobre la comisión de delitos deberán probarse para lo cual acudiré en uso de las acciones judiciales respectivas; iii) es imprecisa la cifra divulgada del pasivo actual de la CCF y su causa; iv) no corresponde a la realidad la supuesta conducta dilatoria de los órganos de la Caja en la aprobación de las decisiones de la asamblea 2019; v) no es cierto que Comfacor haya pagado pasivos de salud con recursos del Subsidio Familiar; vi) sí se han presentado las denuncias correspondientes ante los entes de control por conductas desplegadas por las anteriores administraciones, solo que éstas son de naturaleza reservada; vii) es imperioso adelantar el proceso forzoso administrativo de liquidación el cual ha dado oxígeno para la permanencia y salvamento de la Caja; y, finalmente, viii) la comisión de seguimiento no es un cuerpo de decisión autónomo a la asamblea, por lo que debe sujetarse a sus facultades sin extralimitarse.
Paso entonces a referirme a cada uno de estos puntos.
- En primer lugar, se afirma tanto en la nota introductoria de la emisión del canal de televisión Nortevisión del día viernes 21 de febrero de 2020, como en el periódico El Meridiano del día lunes 24 del mismo mes y año, que en mi calidad de Agente Interventor he presentado renuncia a mi cargo en la Superintendencia del Subsidio Familiar. Al respecto señalo de manera enfática que, dicha información que se puso a circular en los medios es totalmente falsa y no fue confrontada por ninguno de los dos medios de comunicación en ejercicio de su deber de responsabilidad A la fecha no he presentado renuncia a mi cargo de Asesor del Despacho de la Superintendente del Subsidio Familiar, como tampoco he sido relevado de mi designación como Agente Especial de Intervención de Comfacor. Como prueba de ello aporto la certificación expedida el día 24 de febrero de 2020 por el área de talento humano de la Supersubsidio, en la cual se hace constar dicha circunstancia. Valdría la pena preguntarse a quién o a quienes les interesa generar de forma deliberada este clima de desinformación.
- Frente a la pregunta con tono de afirmación calumniosa expresada a través de la cuenta oficial del twitter del canal Nortevisión el 21 de febrero de 2020: @Nortevision en los siguientes términos: “Se robaron @ComfacorOficial? Renunció hoy el agente interventor Iván Guauque Torres… A diciembre de 2019 ochocientos mil millones en deudas, según el revisor fiscal al día de hoy más de un billón de pesos.” Deberá probar el medio de comunicación ante las autoridades a las cuales acudiré en denuncia penal, señalando cuál es el provecho ilícito que según su afirmación he recibido en mi calidad de agente interventor de la caja.
- Afirma el presentador del canal Nortevisión en la emisión del día viernes 21 de febrero de 2020, a manera de introducción a la entrevista con los señores Fredy Saah, Samuel Polo y Luis Bustillo, que, a la fecha, y luego de 3 años de intervención de la corporación por parte de la Supersubsidio, se pasó de adeudar algo más de 300 mil millones de pesos y que a la fecha dicho pasivo supera el billón de pesos (aun cuando luego el asambleísta Samuel Polo luego refiere un pasivo a 31 de diciembre de 2019 de 875 mil millones que tampoco concuerda con la situación financiera). Esta afirmación también carece de toda validez y acierto, y no fue debidamente confrontada por el medio de comunicación, porque la información que reposa en Comfacor relativa al cierre de los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2019, señala en el estado de situación financiera la existencia de un pasivo de $564.269´614.259 de los cuales más de 475 mil millones corresponden a pérdidas acumuladas del programa de salud del régimen subsidiado causadas en vigencias anteriores a la medida de intervención de la SSF, ordenada por la Resolución N°. 0129 del 7 de marzo de 2017. En otras palabras, la causa efectiva del problema patrimonial de la caja debe buscarse en sus orígenes como corresponde a la realidad.
- Manifiesta el presentador de la nota periodística del canal Nortevisión de manera por lo demás ligera y sin ningún fundamento, que el comité designado por la asamblea general ordinaria de afiliados – AGOA de Comfacor el 27 de junio de 2019, en sus palabras: “no le habían dado vía libre hasta diciembre porque le pusieron talanqueras para que no metieran las narices donde podía haber algo podrido”. Comentario éste que luego es confirmado en la entrevista por los señores Fredy Saah y Samuel Polo. Sobre el particular es de anotar que el procedimiento de aprobación de las decisiones y actos de elección adoptados en las asambleas de las Cajas de compensación está regido por el Decreto 1072 de 2015, y atribuido por competencia a la Superintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales de la Superintendencia del Subsidio Familiar, conforme lo señalado por el Decreto 2595 de 2012. En dicho procedimiento se verifica la legalidad de tales determinaciones, para lo cual dicha dependencia puede efectuar los requerimientos de información y decretar las pruebas a que haya lugar para la adopción de la decisión aprobatoria o improbatoria. Dicha dependencia actúa de manera autónoma en el desarrollo de sus funciones, por lo que ninguna injerencia podría existir de parte de la AEI en dicho procedimiento. Por el contrario, por haber actuado como presidente de la AGOA tenía el mayor interés en obtener un resultado favorable a lo allí resuelto, como en efecto aconteció con la expedición de la Resolución N°. 0722 del 13 de diciembre de 2019, por la cual se aprobaron las decisiones y elecciones adoptadas en la sesión ordinaria de la asamblea de la Caja. Luego deberá el señor periodista y los asambleístas entrevistados demostrar de qué talanqueras hablan y a qué asunto podrido se refieren, o en su lugar deberán rectificar la información difamante.
- Frente a la acusación hecha por el asambleísta Samuel Polo acerca de que se están pagando pasivos de salud con recursos del 4% correspondientes al Subsidio Familiar, lo que a su juicio constituye un desvío que ha sido denunciado ante los entes de control, me permito responder en lo que corresponde a las actividades desplegadas por la AEI, que contrario al señalamiento hecho de forma irresponsable, la CCF Comfacor a la fecha no ha efectuado pago alguno del pasivo de salud. Ello por varias razones:
i) por expresa prohibición legal del artículo 65 de la Ley 633 de 2000, dado que no se puede subsidiar las actividades de salud con el recurso parafiscal del Subsidio Familiar;
ii) porque a la fecha se está tramitando un proceso de liquidación forzosa administrativa dispuesto mediante la Resolución SNS N°. 007184 de julio de 2019, de acuerdo con el cronograma aprobado por la Supersalud, y cualquier reconocimiento particular a uno o más acreedores, supondría la violación del principio de universalidad e igualdad de los mismos;
iii) porque los pagos que demanda y exige la realización de un proceso liquidatorio, tales como la auditoría técnica, jurídica y financiera a las reclamaciones presentadas, la conformación del archivo de la liquidación y su custodia por 5 años y la propia sustanciación del proceso, son autorizados por el Decreto 2555 de 2010 como gastos de administración de la liquidación, por lo que se pagarán de preferencia respecto de cualquier otro crédito y no corresponden al pago de pasivo de salud; y,
iv) dado que la AEI en uso de sus atribuciones como Consejo Directivo autorizó según Resolución 091 del 8 de agosto de 2019, la contratación de una firma acreditada en procesos de liquidación para la prestación de los servicios tendientes a desarrollar las actividades inherentes al proceso de liquidación forzosa administrativa de la EPS-S Comfacor, condicionando expresamente dicha autorización a la disponibilidad de los recursos concernientes a la prestación del servicio de salud descritos en la certificación emitida por Comfacor. Es decir, que los gastos de la liquidación se sufragan con recursos de la EPS-S Comfacor y no con recursos de la Caja como lo afirman los asambleístas.
- Señalan los asambleístas entrevistados que pese a solicitar tanto a la Dirección Administrativa como a la Agencia Especial de Intervención, no les fue suministrada la información sobre las denuncias presentadas en contra de las anteriores administraciones de Comfacor. Esta información es falsa y tampoco fue confrontada, porque fue precisamente en la asamblea del 27 de junio 2019 donde en presencia de todos los empleadores asistentes, fue presentado el informe conjunto de la Dirección Administrativa y de la AEI en cuyo contenido se informó sobre la interposición de las distintas denuncias fiscales, disciplinarias y penales por hechos presuntamente ocurridos en anteriores años, que involucran al parecer a las anteriores administraciones e interventores de la Caja. Pero más aún, tanto en la reunión adelantada con dicha comisión en la sede de la Caja el día 12 de febrero de 2020, como en respuesta a un oficio en uso del derecho de petición, les fue reiterado a dichos empleadores dicha presentación de las mismas. Algunos de los radicados con los cuales se han trasladado denuncias a los entes de investigación son: SPOAS Fiscalía General de la Nación: 20196110118782, 20196110118772, 20196110118762, 20196110118742, 20196110140222, 20196110140252, 20196110281862, 20196110281872 y 20190040035262. Radicado Contraloría General de la República: 2019ER0025041 del 14/03/2019 y radicado del 23 de agosto de 2019 de la Procuraduría General de la Nación. Estos son apenas algunos de los radicados. Ello por supuesto no obsta para reiterar que las investigaciones adelantadas por los órganos de control fiscal, disciplinario y penal están sometidas a reserva, no por capricho nuestro sino por mandato legal, por lo que no es posible suministrar información de detalle sobre dichas actuaciones, porque ello supondría una clara infracción al ordenamiento jurídico, al tiempo que podría entorpecer el curso normal de aquellas.
- En lo que guarda relación con la supuesta mentira que el Director y el suscrito transmitimos en los desayunos de trabajo –que valga decir impulsamos precisamente como estrategia para acercar a la Caja al empresariado de Córdoba-, acerca de que lo mejor que pudo ocurrir fue obtener la orden de liquidación forzosa administrativa, es bueno que la comunidad Cordobesa conozca que entre el mes de febrero y julio de 2019, la Caja se vio avocada a una andanada de embargos dictados en procesos judiciales y administrativos con sentencias ejecutoriadas, sobre recursos depositados en cuentas bancarias de la Caja, bienes inmuebles de los cuales ya se había fijado fecha para la diligencia de remate e incluso secuestro de muebles y enseres de la corporación. De manera que, de no haber sido por la orden de liquidación forzosa que ha permitido suspender los procesos, con toda seguridad la CCF Comfacor y su patrimonio hoy no existiría y habría sido botín de algunos de los acreedores del programa de salud. Igualmente es necesario decir que un proceso liquidatorio “forzoso” no es una concesión ni una gracia, es una orden y como tal, debe ejecutarse sin que le corresponda a la CCF entrar a controvertirla.
- Finalmente, y como he tenido la oportunidad de manifestar a los miembros de la comisión designada por la asamblea de Comfacor, en especial al empresario Fredy Saah, de acuerdo con las normas del régimen del subsidio familiar y las disposiciones aplicables a las corporaciones de derecho privado como es el caso de las cajas de compensación, la comisión de seguimiento designada no ostenta atribuciones distintas a las conferidas por la ley a todos y cada uno de los asambleístas, su derecho de inspección está limitado al término previo a la asamblea, al tipo de documentos y libros establecidos en el Código de Comercio y al lugar de ejercicio de dicha inspección en el domicilio principal de la Caja. De manera que NO constituyen un cuerpo de decisión autónomo a la asamblea, por lo que su actividad no puede ser una suerte de coadministración o ejercicio de vigilancia atribuido al órgano de control como lo es la revisoría fiscal.
En los anteriores términos presento mi escrito de solicitud de rectificación a la espera de que los medios de comunicación referidos, permitan que la comunidad de Córdoba tenga la posibilidad de ser informada de manera completa, veraz, oportuna e imparcialmente sobre la intervención administrativa de Comfacor.
Sin otro particular,
Iván Darío Guauque Torres
CC 74´183.000
Agente Especial de Intervención – Caja de Compensación Familiar de Córdoba – Comfacor
Anexo: Lo enunciado.